Esta mañana en la vista celebrada en el Juzgado Mercantil y a la cual asistieron los abogados de Cyclo Abogados, se produjo el desistimiento de los solicitantes del concurso (por presumible consignación de lo que se le debía) y se acordó el archivo de la causa.
Aifos anunció un probable acuerdo con13 entidades financieras para refinanciar su deuda, estableciendo el 30 de Abril como fecha tope.
El Juzgado ha admitido a trámite la solicitud de concurso necesario de AIFOS.Cientos de familias ven en riesgo sus ahorros, y seguramente se preguntarán ¿Y ahora qué? Casi ninguno tendrá el aval que obliga la ley. Sirva este blog como fuente de información de este largo y tortuoso proceso, desde el punto de vista de quien lleva años defendiendo los intereses de decenas de perjudicados por el actuar de esta promotora, denunciando su actividad y sus métodos.
jueves, 26 de febrero de 2009
martes, 17 de febrero de 2009
Aifos se opone y habrá una vista el 26 de Febrero.
Al parecer AIFOS habría presentado su defensa, por lo que el día 26 de Febrero habrá una vista presidida por el Magistrado Juez responsable del Juzgado Mercantil 1 de Málaga, donde los solicitantes del concurso y AIFOS defenderán sus posiciones.
domingo, 1 de febrero de 2009
¿Está ya en "quiebra"?
No. En estos momentos Aifos no se encuentra en situación de quiebra.
Actualmente no existe el procedimiento de "quiebra" sino que se insta el Concurso. Una vez nos encontramos en pleno procedimiento de concurso pueden ocurrir dos cosas: Que exista un plan de viabilidad de la empresa y esta pueda seguir existiendo en un futuro o que se proceda a la liquidación de la misma.
Nos encontraríamos en lo que podríamos denominar"quiebra de la empresa" en el momento en que entrásemos en la fase de liquidación haciéndose manifiesta la imposibilidad de que esta pueda seguir desarrollando su actividad en un futuro y procediéndo la desaparición de la misma.
En este caso en concreto, de declararse finalmente el concurso, la viabilidad de esta empresa sería más que discutible dado el alto nivel de endeudamiento al que deberá enfrentarse la Administración concursal y que haría muy difícil la viabilidad de la misma.
Actualmente no existe el procedimiento de "quiebra" sino que se insta el Concurso. Una vez nos encontramos en pleno procedimiento de concurso pueden ocurrir dos cosas: Que exista un plan de viabilidad de la empresa y esta pueda seguir existiendo en un futuro o que se proceda a la liquidación de la misma.
Nos encontraríamos en lo que podríamos denominar"quiebra de la empresa" en el momento en que entrásemos en la fase de liquidación haciéndose manifiesta la imposibilidad de que esta pueda seguir desarrollando su actividad en un futuro y procediéndo la desaparición de la misma.
En este caso en concreto, de declararse finalmente el concurso, la viabilidad de esta empresa sería más que discutible dado el alto nivel de endeudamiento al que deberá enfrentarse la Administración concursal y que haría muy difícil la viabilidad de la misma.
¿Qué es un concurso necesario de acreedores?
El concurso es el estado en el que entra una empresa cuando se encuentra en situación de insolvencia. Este puede ser voluntario o necesario. Será voluntario cuando lo solicita la propia empresa y necesario cuando este es instado por uno o varios acreedores cuyos créditos han resultado impagados o son conocedores de la situación de insolvencia del deudor o concursado, situación que tendrán que acreditar.
En este caso, nos encontramos ante un concurso necesario, aún cuando al entender de muchos profesionales del derecho, esta sociedad debía de haber instado el concurso voluntario como conocedora directa de su situación financiera y la dificultad que atraviesa en este momento.
Para que nos encontremos en situación de concurso es necesario que se acredite la situación de insolvencia y que el Juez dicte el “auto de declaración de concurso”, auto que dictará el Juez si una vez oidas las partes personadas hasta el momento, es decir, los acreedores que han solicitado el concurso y Aifos, entiende que existe una situación de insolvencia. Será a partir de ese momento cuando se habrán las distintas secciones de este procedimiento, y deban de personarse en este, a través de abogado y procurador, todas aquellas personas que tengan un crédito contra la sociedad concursada.
Si usted tiene un crédito frente a esta Sociedad y, en caso de que finalmente se dicte el auto de declaración de concurso, tendrá que comunicarlo a la administración concursal, pero si quiere conocer como se desarrolla todo el procedimiento es necesario que lleve a cabo su personación a través de abogado y procurador que le asistirán y representarán a lo largo de este largo proceso.
En este caso, nos encontramos ante un concurso necesario, aún cuando al entender de muchos profesionales del derecho, esta sociedad debía de haber instado el concurso voluntario como conocedora directa de su situación financiera y la dificultad que atraviesa en este momento.
Para que nos encontremos en situación de concurso es necesario que se acredite la situación de insolvencia y que el Juez dicte el “auto de declaración de concurso”, auto que dictará el Juez si una vez oidas las partes personadas hasta el momento, es decir, los acreedores que han solicitado el concurso y Aifos, entiende que existe una situación de insolvencia. Será a partir de ese momento cuando se habrán las distintas secciones de este procedimiento, y deban de personarse en este, a través de abogado y procurador, todas aquellas personas que tengan un crédito contra la sociedad concursada.
Si usted tiene un crédito frente a esta Sociedad y, en caso de que finalmente se dicte el auto de declaración de concurso, tendrá que comunicarlo a la administración concursal, pero si quiere conocer como se desarrolla todo el procedimiento es necesario que lleve a cabo su personación a través de abogado y procurador que le asistirán y representarán a lo largo de este largo proceso.
¿Necesito abogado?
Sin duda en los últimos meses habrá investigado sobre esta promotora y su estado. Quizás haya contactado con algún abogado (si no lo ha hecho, le recomendamos encarecidamente que lo haga).
Son muchos los abogados que se anuncian y se anunciarás respecto a este asunto. Sin embargo será más eficaz aquel despacho que haya tenido ya experiencia con esta empresa en el pasado, por cuanto conocerá su estructura empresarial, sus bienes, el estado de las obras...
Cyclo Abogados tiene un compromiso con sus clientes y sólo representará en el proceso a compradores de viviendas, puesto que el resto de los acreedores puede tener intereses contrapuestos llegado un proceso en el que la administración concursal debe de decidir si una vivienda se termina o no o si un contrato debe o no resolverse).
Son muchos los abogados que se anuncian y se anunciarás respecto a este asunto. Sin embargo será más eficaz aquel despacho que haya tenido ya experiencia con esta empresa en el pasado, por cuanto conocerá su estructura empresarial, sus bienes, el estado de las obras...
Cyclo Abogados tiene un compromiso con sus clientes y sólo representará en el proceso a compradores de viviendas, puesto que el resto de los acreedores puede tener intereses contrapuestos llegado un proceso en el que la administración concursal debe de decidir si una vivienda se termina o no o si un contrato debe o no resolverse).
Y si soy un comprador y no me han dado la casa... qué debo de hacer?
Este promotor tiene viviendas en urbanizaciones sin licencia de obras, con licencia pero no empezadas, empezadas pero paralizadas, en desarrollo, finalizadas sin licenci y finalizadas con aparente licencia.
Cada caso es distinto, puesto que hay compradores con contratos en vigor y pagos que realizar, otros ya han pagado todo y sólo falta la hipoteca, y otros han adquirido viviendas con defectos que necesitan ser arreglados.
Por todo ello en Cyclo, después de muchos años de experiencia con reclamaciones a esta empresa puede estudiar su caso y ofrecerle la solución más eficaz. (www.cyclo.es)
Llegado el momento, en cualquier caso, necesitará un abogado y un procurador que le represente en el proceso una vez sea declarado el "concurso" (en teoría puede usted comunicar su crédito sin ayuda profesional, pero no se le tendrá por personado en el procedimiento y no sabrá qué está pasando).
Habrá viviendas que se terminen. Otras que no. ¿Cuál es su caso?
Cada caso es distinto, puesto que hay compradores con contratos en vigor y pagos que realizar, otros ya han pagado todo y sólo falta la hipoteca, y otros han adquirido viviendas con defectos que necesitan ser arreglados.
Por todo ello en Cyclo, después de muchos años de experiencia con reclamaciones a esta empresa puede estudiar su caso y ofrecerle la solución más eficaz. (www.cyclo.es)
Llegado el momento, en cualquier caso, necesitará un abogado y un procurador que le represente en el proceso una vez sea declarado el "concurso" (en teoría puede usted comunicar su crédito sin ayuda profesional, pero no se le tendrá por personado en el procedimiento y no sabrá qué está pasando).
Habrá viviendas que se terminen. Otras que no. ¿Cuál es su caso?
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