lunes, 7 de diciembre de 2015

A los bancos les llueven las demandas de AIFOS por no tener avales. ¡Únete!

7.12.2015 Este es una parte del artículo publicado en La Opinión de Málaga el día de hoy por Jose Antoni Sau. Artículo completo pulsando aquí.
"El director del despacho Ley 57, Carlos Cómitre, señaló que, antes del 31 de diciembre de 2015, su despacho va a dejar presentadas más de 70 demandas de responsabilidad ante los órganos de Primera Instancia. «Esto tiene su origen en la Ley 57/68 que regulaba las garantías de las cantidades entregadas a cuenta por el comprador de una vivienda. El artículo uno del texto explica que los bancos, para abrir cuentas en las que se recibieran sumas anticipadas, debían exigir las garantías», dice, y aclara que, en el caso de Aifos, no se exigieron. «Este año hubo una sentencia del Supremo por la que se condena a los bancos. En base a esa sentencia, los clientes tienen la posibilidad última de intentar recuperar su dinero, pero la ley se deroga el 31 de diciembre de este año», aclara el letrado. Aunque el nuevo texto normativo mantendrá la responsabilidad, siempre «es preferible que se reclame ya, y se presente esa demanda de responsabilidad en base a la Ley 57/68», subraya el director del despacho Ley 57 Abogados. En sus oficinas ya manejan una lista con los bancos que podrían responder de esos avales." Aifos entró en concurso de acreedores en 2009 y en liquidación en noviembre de 2014, de forma que debía vender unos activos por valor de 780 millones de euros para poder hacer frente a las reclamaciones de los afectados. La mayoría de los compradores no tenían avales individuales, y con ello se habría incumplido la normaa la que la banca también está obligada y de ahí la responsabilidad.