El Juzgado ha admitido a trámite la solicitud de concurso necesario de AIFOS.Cientos de familias ven en riesgo sus ahorros, y seguramente se preguntarán ¿Y ahora qué? Casi ninguno tendrá el aval que obliga la ley. Sirva este blog como fuente de información de este largo y tortuoso proceso, desde el punto de vista de quien lleva años defendiendo los intereses de decenas de perjudicados por el actuar de esta promotora, denunciando su actividad y sus métodos.
jueves, 13 de marzo de 2014
Varapalo judicial a la administración concursal de AIFOS
El Juez de Mercantil 1, días después de apartar a Ruiz Casado de la dirección de AIFOS, desestima la petición de embargo de sus bienes que había realizado la administración concursal, con condena en costas.
Si bien el Auto admite posibles causas de culpabilidad del concurso, que no prejuzga, critica la solicitud de embargo donde se pedía que Ruiz Casado cubriera el déficit patrimonial de AIFOS por 640 millones de Euros.
Lamentablemente, las costas de este incidente pueden acabar con lo que queda de compañía, si el Auto es finalmente confirmado por la Audiencia Provincial.
http://www.ley57.com/pt4/es/categories/item/187-varapalo-judicial-a-la-administración-concursal-de-aifos.html
jueves, 6 de marzo de 2014
El Juez aparta a Ruiz Casado de la gestión de AIFOS
http://www.ley57.com/pt4/es/categories/item/185-juez-mercantil-aparta-a-ruiz-casado-de-la-gesti%C3%B3n-de-aifos.html
5 de Marzo 2014
En un Auto notificado hoy, el Juez del Juzgado Mercantil 1 aparta al hasta ahora administrador de AIFOS. Dice la resolución:
"Lo primero que debe llamar la atención de la expuesta, sintéticamente, solicitud es la razón de porqué, ante tamaño cúmulo de actuaciones y situaciones, la AC ha tardado casi cinco años en hacer esta solicitud. Como se exponía, el escrito de solicitud es ciertamente prolijo, y de su contenido, nadie puede deducir que todo lo que en el mismo se expone ha sucedió de un día para otro, ni mucho menos es así ni ha podido ser así. Incluso la condena del Sr. Ruiz Casado, es un motivo que bien podría igualmente haberse empleado desde la propia imputación del mismo en el citado proceso penal, pues, esa confianza a la que alude la AC, queda igualmente quebrada para el común de las personas respecto de una persona imputada, y la imputación ya se hizo hace mucho tiempo."
No tiene desperdicio el Auto, que continúa...
"No es posible un buen gobierno cuando los que deben llevarlo a cabo(AC y Administración social) tienen un enfrentamiento casi bélico, como de sobra es más que conocido, prueba de ello es esta solicitud, y ello conlleva que sea inviable que las dos partes sigan gestionando la sociedad con una mínima eficacia. Ante este escenario es más que obvio, que una de las dos partes debe ser apartada, y de nuevo, es más que obvio que esta debe ser la administración social, repito, sin entrar a valorar las concretas razones del escrito, se trata de una mera cuestión de gobernanza y de posibilitar la misma de manera eficiente, aún queda tela por cortar en este concurso, y la tijera, no la pueden empuñar dos que pretenden clavársela mutuamente, entiéndase esto como una mera licencia “literaria”, que no cree este titular que la cosa llegue a ese extremo."
¿Servirá este paso para que más acreedores cobren? ¿Anularán la engañosa propuesta de convenio publicada en tantos medios? Escogerá la Administración Concursal el camino fácil de pedir la liquidación (y así nadie cobrará) o ¿escucharán las peticiones de muchos acreedores hacia un convenio y capitalización de deuda?
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